Se acerca el 18...por favor gobiérnense con sus actividades extra programáticas aquellos regidos por una ley pública( Ley 18.883, Ley 18.834, Ley 19.070, Ley 19.378, entre tantas), recuerden que la probidad administrativa y mantener una vida social a la dignidad del cargo...es 24/7 ......
he visto sumario administrativo de todo tipo…
Ah¡
les dejo dictamen nº 84165 de 1976: El principio de probidad administrativa, impone deberes a todo funcionario público no solo en el desempeño mismo del cargo dentro del servicio y durante la jornada de trabajo, sino que se extiende también a su comportamiento fuera de aquel.
Pd: Recomiendo leer el dictamen en tono maquiavélico….
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