OJO DEBES RECONOCER todos los años en salud publica en cualquier calidad jurídica, ya sea continuo o discontinuos, SIN IMPORTAR LAS HORAS CONTRATADAS…
¿Y desde cuando subo de nivel?
Desde que cumplo el puntaje requerido…ES UN SISTEMA AUTOMATICO…
Les dejo mejor un dictamen N° 1.379 Fecha: 17-I-2018: como cuestión previa, cabe indicar que la anotada Contraloría Regional atendió diversas presentaciones de la peticionaria respecto del factor experiencia, en relación con su desempeño en el Hospital San José de Puerto Varas, resultando pertinente destacar que por el oficio N° 6.360, de 2015, se concluyó que debían reconocérsele los servicios prestados por aquella en dicho establecimiento por el periodo comprendido entre julio de 1995 y enero de 1996 -además de los que ya se habían acreditado-.
A su vez, el artículo 31, inciso primero, del citado decreto N° 1.889, de 1995, preceptúa que el puntaje de experiencia se concederá a los funcionarios por cada dos años de servicios efectivos.
experiencia y capacitación, cuya sumatoria permite el cambio de nivel, el que opera a contar de la fecha en que el servidor complete el puntaje requerido para ello, momento desde el cual le asiste el derecho a percibir la remuneración correspondiente al mismo (aplica criterio contenido en el dictamen N° 29.560, de 2016).
a esa data contaba con una experiencia para efectos de su carrera funcionaria de 8 años y 7 meses en el referido hospital, y 13 años, 3 meses y 24 días en la citada entidad edilicia….
Por lo tanto, al 24 de enero de 2014, la experiencia de la recurrente -21 años, 10 meses y 24 días- resultaba equivalente a 10 bienios, cumpliendo los 22 años y en consecuencia 11 bienios, en el mes de marzo de 2014, cuyo puntaje debió ser considerado, sumado al correspondiente a capacitación, para determinar su nivel dentro de la categoría funcionaria en dicha época. En consecuencia, la Municipalidad de Fresia deberá regularizar la situación de la recurrente.
Un Abrazo
Leo
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