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  • Foto del escritorLeoEspinoza.

¿ existen Derechos Adquiridos en el sistema público?

Actualizado: 18 ene 2018

Es que yo tengo un derecho adquirido (cláusulas tácitas)¡¡¡


Eso lo he oído en reiterada ocasiones a funcionarios regidos por estatutos administrativos, como por ejemplo, la ley 19.378, 19.070, 18.883, 18.834, entre otros….


A lo que contesto:


NAAAAAA, eso es propio de relaciones labores regidas por el Código del Trabajo, ya que el régimen jurídico de los funcionarios públicos no tiene origen ni naturaleza convencional, sino que es materia de ley, así lo ha expresado la Corte Suprema en el Rol N° 5.316-2011.


La Dirección del Trabajo, en su ORD. N°6121/98, de fecha 28 de diciembre de 2016, expresó: “la figura jurídica de la cláusula tácita es propia de un contrato consensual y no resulta aplicable a los derechos y beneficios del personal por el que se consulta, no resultando procedente el otorgamiento de beneficios por esta vía a este tipo de personal”. Contraloría General opina de igual manera, podrán revisar el Dictamen nº 29.299 de fecha 13 de Mayo de 2013.


asi no más….

Leo

“Larga Vida y Prosperidad” -Spock

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