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  • Foto del escritorLeoEspinoza.

curso de capacitación

¿En la Salud Primaria (Ley 19.378), si hice un curso de capacitación el año 2008, puedo presentarlo este año?


Claro que sí, porque no podría…algunas comunas dicen que no, ya que expresan que el curso tiene validez para dos años…farso farso…


Recordemos el art. 45 del reglamento de carrera funcionaria (DTO. 1889/95, Publicado en el Diario Oficial de 29.11.95), expreso claramente los requisitos para el reconocimiento de un curso, a saber:


ARTICULO 45º.- Los cursos y estadías realizadas por cada funcionario deberán cumplir con las siguientes exigencias para ser computados para los efectos del elemento de Capacitación:


a) Estar incluido en el Programa de Capacitación Municipal.

b) Cumplir con la asistencia mínima requerida para su aprobación, y

c) Haber aprobado la evaluación final.


De la sola lectura se desprende, que son 3 las condiciones exigidas y ninguna más…el tiempo…es puro grupo…o algunos se ponen creativos…y te dicen…ES QUE NO ES ATINGENTE….donde dice en la ley que debe serlo….


Les dejo dictamen de la Contraloría General, N° 2.563 de 2013: “se ha precisado que mientras un servidor se encuentre desempeñando funciones en un establecimiento de salud municipal, puede obtener el reconocimiento de sus actividades de capacitación en cualquier PUTO momento, independientemente del PUTO año en que realice los cursos que fueren pertinentes, de tal forma que si la documentación respectiva no es presentada antes del 31 de agosto de un determinado año, nada obsta a que ella pueda ser acompañada después, en cuyo evento su cambio de nivel procederá desde la época en que se complete el puntaje necesario para ello. (50.736, de 1999)”


La palabra PUTO, es agregado por el suscrito.


Así que partieron a presentar todos los cursos….

Buen martes a todos.

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